lunes, 5 de septiembre de 2011

EL CONCEJO DE VILLA EL SALVADOR DECLARO VACANCIA DE ALCALDE SANTIAGO MOZO


11 Votos contra 2, decidieron final de Alcalde-Convicto

Fueron once votos a favor de la legalidad, los que se decidieron la suerte del Alcalde de Villa El Salvador, este viernes 2 de setiembre fue VACADO Santiago Mozo Quispe. Así, en una histórica Sesión Extraordinaria de Concejo realizada en el Palacio Municipal del distrito sureño y luego de un debate de más de dos horas se tomo la decisión final, se logro que la mayoría que inicialmente respaldaba al Alcalde-convicto, ahora decida su voto por la legalidad y la dignidad. Es el resultado de la contundentes acciones legales dirigidas por los promotores de la Vacancia, y por las acciones combinadas: -el plantón en el JNE y en la Municipalidad, y -la presión mediática tanto de los medios de comunicación de Villa y vecinos organizados en Iniciativa Ciudadana de Villa el Salvador.

“De esta manera se puso punto final a la pretensión del Alcalde que venía postergando por cerca de dos meses el debate de su Vacancia, con el objeto de eludir el peso de la ley y de la verdad. De nada sirvieron sus recursos dilatorios utilizados para prolongar su agonía,  primero invento una falsa “enfermedad”, luego convoco a 4 sesiones extraordinarias en las cuales inasistió, posteriormente devolvió todo el expediente al JNE sin causa alguna, llegó al colmo de presentar un Recurso Extraordinario de queja sin que exista causa alguna, por ello el JNE emitió hasta 3 resoluciones en su contra. Por estas razones no solo ha sido Destituido, además será sancionado por desacato, él y los regidores que lo defendieron hasta el final”. Declaró WINSTON DIAZ Promotor de la Vacancia en representación de Iniciativa Ciudadana de Villa el Salvador.

LUIS ESPINOZA, Abogado del Promotor de la Vacancia, manifestó: “Santiago Mozo ha sido Vacado por tener sentencia de 4 años de prisión por el delito de defraudación tributaria en agravio del Estado. Ello es causal de vacancia tal como reza del articulo 22 inc. 6 de la Ley Orgánica de Municipalidades 27972 que sanciona con la drástica medida de vacancia al Alcalde sobre el cual recaiga condena consentida o ejecutoriada por delito doloso o intencional. Ello como resultado de ser responsable del uso de doble juego de guías de remisión de su negocio para el traslado de bienes que no se encontraban acreditados con comprobantes de pago. Merced a este acto doloso, perjudicó al Estado en la determinación del Impuesto a la Renta y ocasionó un perjuicio al fisco y por tanto a la sociedad por el orden de S/. 273,668.00. Una auténtica “joyita”.

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